La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) afirma que la Miscelánea Fiscal para 2022 propuesta por el Ejecutivo Federal, fuera aprobada por la mayoría que lo representa en la Cámara de Diputados sin atender las propuestas de la sociedad y de la Iniciativa Privada.

Coparmex indica que el Senado de la República atenderá los planteamientos hechos por el sector empresarial, especialistas y representantes de organizaciones sociales para no avalar en sus términos los cambios propuestos por el Ejecutivo Federal en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y en el Código Fiscal de la Federación, que buscan otorgar un mayor control a la autoridad fiscal, pero sin tomar en cuenta las afectaciones a los derechos de los contribuyentes.

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Entre estas modificaciones, señalan las vinculadas con que sea el Servicio de Administración Tributaria (SAT) quien determine la “razón de negocios” en fusiones y escisiones de sociedades, así como reestructuras corporativas, o que se establezcan facultades para que sea la autoridad fiscal quien determine la “simulación de actos” en facultades de comprobación, toda vez que ésta última abre la posibilidad de darles consecuencias penales y no sólo tributarias, a su determinación.

Asimismo, señalan lo que hace a la obligación de que las personas mayores de edad se inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, aún y cuando no tengan ingresos, y no exista la obligación de presentar declaraciones o que sean sancionados por su incumplimiento, hace pensar que esta medida únicamente busca un mayor control por parte de las autoridades, ya que el motivo principal de la inscripción es la generación de ingresos por los cuales se debe realizar el pago de impuestos.

Coparmex establece que con “oportunidad manifestamos que en tanto exista disposición de las partes para continuar, no existe razón justificada para limitar a 12 meses la temporalidad de los “Acuerdos Conclusivos”, toda vez que, es una herramienta que ha resultado viable tanto para el fisco como para el contribuyente para resolver las auditorías”.

Por lo que hace a la idea de considerar como “contrabando” el transporte de bienes o mercancías sin el CFDI de tipo de ingreso o traslado, con el Complemento de Carta Porte respectivo, consideramos que es una medida excesiva, toda vez que existen sanciones aplicables a nivel administrativo, por lo que pareciera que únicamente se quiere continuar con la política de criminalizar a los contribuyentes, concluyó la Coparmex.