El Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado, aprobó en lo general, por mayoría de votos, en sesión ordinaria virtual del Pleno, reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código Civil para el Estado, en materia de reconocimiento del derecho a la identidad de género autopercibida (conocida como Ley Agnes).

La propuesta de reforma indica que: “Se entenderá por identidad de género autopercibida, la condición personal e interna, tal y como cada sujeto se percibe a sí mismo, que puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que podría o no involucrar la modificación de la apariencia o funcionalidad corporal, siempre que la misma sea libremente escogida”.

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Asimismo, que “Dicho reconocimiento se solicitará y llevará a cabo ante la Dirección del Registro Civil del Estado o ante la autoridad del registro civil del municipio o localidad en donde se haya declarado el nacimiento de la o el solicitante, según su interés y conveniencia, previo cumplimiento de las formalidades establecidas en el presente ordenamiento y la reglamentación correspondiente, para lo cual no será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento de modificación corporal o de apariencia física, incluyendo la vestimenta, modo de hablar, modales, ni ninguna otra condición que dañe la dignidad humana”.