En sesión virtual de la Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Procuración y Administración de Justicia, de la LX Legislatura del Congreso del Estado, se aprobó, por mayoría de votos, el dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Civil para el Estado, en materia de reconocimiento del derecho a la identidad de género autopercibida (conocida como Ley Agnes).

La propuesta de reforma indica que: “Se entenderá por identidad de género autopercibida, la condición personal e interna, tal y como cada sujeto se percibe a sí mismo, que puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que podría o no involucrar la modificación de la apariencia o funcionalidad corporal, siempre que la misma sea libremente escogida”.

- Publicidad -

Al hacer uso de la palabra, la diputada Vianey García Romero, presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, explicó que LX Legislatura se ha pronunciado, en todo momento, contra toda fobia o restricción hacia las personas; añadió que con la presente iniciativa se amplía la protección legal, la justicia y certeza jurídica en favor de aquellos grupos e individuos tradicionalmente agredidos y segregados, a fin de que su reconocimiento y ejercicio de derecho sea amplio y efectivo.

Refirió que el dictamen se sostiene en ocho artículos: 73; 76; 291; 397; 401; 831; 854 y 1432 y se adicionar los artículos 875 Bis y 875 Ter con el fin de reconocer el derecho de las personas de acceder al cambio de identidad de género autopercibida, con lo que se protegen las garantías individuales y la libre determinación de las personas. Señaló que, concluido el trámite legal, la autoridad remitirá los oficios con el cambio de nombre y el reconocimiento de la identidad de género autopercibida en calidad de reservada a las autoridades federales y estatales en materia fiscal y de población, educativa, de salud, y de seguridad social, procuración de justicia de las Secretaría de Relaciones Exteriores al Instituto Nacional Electoral, al Tribunal Superior de Justicia de Estado así como aquellas autoridades que se estime procedente.

La reforma define que los jueces del Registro del Estado Civil tendrán bajo su responsabilidad, formas especiales por triplicado, en las que asentarán: “Actas de nacimiento”, “Actas de tutela”, “Actas de matrimonio”, “Actas de divorcio”, “Actas de inscripción de sentencias”, “Actas de defunción” y éstas serán expedidas por la Dirección del Registro del Estado Civil, previa aprobación del Ejecutivo del Estado.

Como parte de la discusión del proyecto, la diputada Rocío García Olmedo, señaló que reformar el Código Civil es muy delicado y ocupa un estudio detallado, por lo que señaló que se deben abordar cuestionamientos como qué objetivo persigue la iniciativa para reconocer un derecho y anunció que en el Pleno de la LX Legislatura presentará propuestas reformatorias al dictamen. Por su parte la diputada Mónica Lara Chávez señaló que la diversidad sexual se refiere a todas las posibilidades que tienen las personas de asumir y vivir la sexualidad, así como de sus preferencias, orientaciones e identidades de género.